ESPECIALISTAS EN PRECIOS DE TRANSFERENCIA

Profesionales con amplia experiencia en materia de precios de transferencia asesoran a clientes de diversos sectores económicos a nivel local e internacional.

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Atención al cliente

365 días

Clientes satisfechos

612 +

Empresa verde

100 %

Nuestro compromiso es llevarlo hacia el camino del éxito

 

Tecnología

Contamos con las herramientas tecnológicas necesarias para el desarrollo de los servicios de precios de transferencia.

 

Calidad

Nuestros clientes satisfechos demuestran la calidad de nuestros servicios.

 

Confianza

Profesionales altamente calificados, con amplia trayectoria y crecimiento constante, se encuentran a su disposición para brindarle la confianza que usted y su empresa necesitan.

 

Experiencia

Contamos con un equipo de profesionales especializados en materia tributaria y de precios de transferencia, con más de 15 años de experiencia.

Nuestros Servicios Servicios especializados

Reporte Local

Preparación del Reporte Local (Local File) y llenado del Formulario Virtual 3560

Reporte Maestro

Preparación del Reporte Maestro (Master File) y llenado del Formulario Virtual 3561

Reporte País por País

Preparación del Reporte País por País (Country by Country Report) y llenado del Formulario Virtual 3562

Estudio de Precios de Transferencia

Obligación de los contribuyentes de contar con el estudio para sustentar el valor de mercado de las transacciones.

Informes de Valor de Mercado

Elaboración de informes especiales de rangos de valor de mercado para sustento de transacciones entre vinculadas.

Análisis Prospectivos

Análisis prospectivos y de costo-beneficio de políticas corporativas, con propósitos fiscales y/o de negocios.

Servicios intragrupo - Test de Beneficio

Informes especiales para evaluar los servicios intragrupo a través del Test de Beneficio.

Declaración Beneficiario Final

Esta nueva obligación busca identificar a la persona natural, nacional o extranjera, propietaria final de los rendimientos económicos.

Asesoría en Fiscalizaciones

Asesoría en fiscalizaciones tributarias en materia de precios de transferencia

Tasaciones y Valuaciones

Informes técnicos de tasaciones y valuaciones comerciales de bienes tangibles e intangibles.

Valuación de empresas

Valor del conjunto de deberes y derechos que lo conforman, incluyendo aquellos que se espera se generen en el futuro como consecuencia de su actividad empresarial.

Informe Técnico de Mermas

Las mermas y desmedros de existencias debidamente acreditados, constituyen conceptos deducibles directamente al impuesto a la Renta y al IGV.

Informe Técnico de Obsolescencia

El desuso o la obsolescencia deben estar debidamente acreditados y sustentados por un informe técnico.

Outsourcing contable

Nuestros servicios de Outsourcing fortalecen las ventajas competitivas de nuestros clientes, al permitirles integrar a su organización contadores especializados que cuentan con el soporte de toda la experiencia de nuestra Firma.

Inventarios

Proveemos herramientas de control de existencias y activos basados en sólidas técnicas de toma de inventarios con un fuerte componente práctico y participativo, para la obtención de resultados óptimos.

Implementación SG SST

Se parte de un análisis de la seguridad y la salud en el trabajo de la empresa. En este se puede saber si aquella está o no cumpliendo con las normas vigentes.

El lunes 6 de mayo de 2019 ha sido publicado en el Diario Oficial El Peruano el DS N° 145-2019-EF, con el cual, el Ministerio de Economía y Finanzas aprueba los parámetros de fondo y forma para la aplicación de la denominada "cláusula antielusiva" contenida en la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario. A continuación sintetizamos sus principales alcances:

Facultades de SUNAT: SUNAT ejerce sus facultades de fiscalización respetando la Constitución y los derechos fundamentales que ella establece. Sus decisiones deben estar debidamente motivadas.

Conceptos jurídicos indeterminados: La calificación de actos como "artificiosos" o "impropios" que realice SUNAT no debe ser manifiestamente irrazonable o desproporcionada con las circunstancias en donde se utiliza tal calificación.

Economía de opción: Es derecho del contribuyente la realización de actos que tributariamente son menos onerosos que otros, respecto de los cuales no se presenten ninguna de las circunstancias previstas en la cláusula antielusiva.

Situaciones que podrían activar la cláusula anti elusiva: a) actos en los que no exista correspondencia entre los beneficios y los riesgos asociados; que tengan baja rentabilidad; no se ajusten al valor de mercado; carezcan de racionalidad económica; b) actos que no guarden relación con el tipo de operaciones ordinarias para lograr efectos jurídicos, económicos o financieros deseados; c) actividades similares a las empresariales, utilizando figuras no empresariales; d) reorganizaciones empresariales con apariencia de poca sustancia económica; e) actos con sujetos residentes en países no cooperantes o de baja o nula imposición; f) transacciones a cero o bajo costo; g) empleo de figuras legales o esquemas no usuales que contribuyan a diferir los ingresos o rentas, o la anticipación de gastos, costos o pérdidas.

Consideraciones para el análisis de los actos elusivos: SUNAT considerará, entre otros: a) manera en que los actos fueron celebrados; b) forma y substancia de los actos; c) tiempo y periodo en que se ejecutaron; d) resultado alcanzado bajo las normas del tributo bajo análisis, como si la norma antielusiva general no aplicase; e) en cambio en la posición legal, económica o financiera del contribuyente; f) el cambio en la posición legal, económica o financiera de terceros con los que el contribuyente hubiera tenido conexión de negocios, familiar o de otra naturaleza; g) cualquier otra consecuencia para el contribuyente o terceros; h) la naturaleza de la conexión de negocios, familiar o de otra naturaleza entre el contribuyente y cualquier otra persona afectada por los actos.

Parámetros de forma: La aplicación de la cláusula antielusiva se enmarca dentro del procedimiento de fiscalización de SUNAT; en caso de fiscalización parcial, debe efectuarse antes de cumplirse el plazo de 6 meses; debe contarse con la opinión del Comité Revisor sobre la existencia o no de elementos para aplicar la cláusula antielusiva.

Actuación del Comité Revisor: SUNAT aprobará el procedimiento para que el Comité Revisor emita opinión sobre la existencia de elementos suficientes para aplicar la norma antielusiva. El Comité Revisor, antes de emitir opinión cita al contribuyente para que exponga lo que corresponda. La opinión del Comité Revisor no es impugnable.

Responsabilidad solidaria del Directorio y representantes legales: No es responsable solidario el director que habiendo participado del acuerdo, o tomado conocimiento de éste, haya manifestado su disconformidad en el momento del acuerdo o cuando lo conoció, sea en el acta respectiva o mediante carta notarial, anterior al inicio de la fiscalización.

Publicidad: SUNAT difundirá los casos en los que estableció la existencia de elementos suficientes para aplicar la cláusula antielusiva. Además publicará un reporte de gestión del Comité Revisor.

Vigencia: las disposiciones anotadas se aplican a partir del 07.05.2019

Cronograma de Obligaciones Mensuales 2021

Base Legal: Resolución de Superintendencia N° 224-2020/SUNAT 

Cronograma de Vencimientos Precios de Transferencia

Reportes Local, Reporte Maestro y Reporte País por País

Servicios de Calidad 100% Satisfacción Garantizada

Nuestros servicios especializados están garantizados por la satisfacción de nuestros clientes locales e internacionales.

Esther Gonzales
Contador General
La empresa donde laboraba tenía transacciones con paraísos fiscales desde el 2014, A & S nos ayudó a cumplir con nuestras obligaciones y evitar las enormes multas de la SUNAT.
Pedro Moreno
Gerente Financiero
Soy Gerente Financiero de una empresa subsidiaria cuya matriz se encuentra en Canadá, gracias a los especialistas de A & S, pudimos demostrar el valor de mercado de nuestras transacciones ante la SUNAT.
Luis Acuña
Gerente General
Mi empresa es importadora de materia prima, además de otras transacciones de alquiler y préstamos con empresas relacionadas, con A & S resolvimos nuestras inquietudes respecto al valor de nuestras transacciones, y cumplimos con presentar a tiempo nuestros reportes local y maestro ante la SUNAT.

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